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TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE ECATEPEC
 
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Sistemas de Evaluación

El Sistema de Evaluación de los alumnos de la Institución se basa en el siguiente reglamento:

REGLAMENTO DE EVALUACION DEL APRENDIZAJE

- Capítulo Primero Disposiciones Generales


Artículo 1. El objeto del presente Reglamento es regular las evaluaciones de aprendizaje de los alumnos a fin de:

    I. Conocer del alumno su grado de capacidad de análisis, aplicación teórica y práctica de conocimientos, aptitud crítica y reflexiva, interés por la investigación, creatividad y su capacidad autoformativa.

    II. Disponer de los elementos suficientes para evaluar la eficacia del proceso enseñanza – aprendizaje.

    III. Dar testimonio del aprendizaje integral del alumno y, en su caso, ser fundamento para su promoción al nivel inmediato superior.


Artículo 2. Para los fines del presente Reglamento, se entiende por:

    I. Tecnológico.- El Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec;

    II. Dirección.- La Dirección Académica:

    III. Jefatura.- La jefatura de losDepartamentos Académicos de los diferentes programas de estudio que se imparten en el Tenológico:

    IV. Academia.- Las Academias de Profesores;

    V. Unidad.- La Unidad de Servicios Escolares del Tecnológico:


Artículo 3. La evaluación del aprendizaje en el proceso educativo del Tecnológico, será sistemática, continua, flexible e integral y en ningún caso será determinada de manera exclusiva por el resultado obtenido en un examen de conocimientos

Artículo 4. La evaluación de las asignaturas de los planes y programas de estudio que se imparten en el Tecnológico, toma en consideración cuatro criterios: el saber, el hacer, el innovar y el ser.

    a) El saber corresponde a los conocimientos teóricos de tipo científico, humanístico y tecnológico que asimilan y adquieren los alumnos en cada una de las asignaturas que conforman el plan de estudios.
    b) El hacer identifica las capacidades de análisis y síntesis en el planteamiento y solución de problemas; o sea, el método desarrollado como puente entre la teoría y su aplicación.
    c) El innovar corresponde a las capacidades de invención y creatividad de los alumnos para utilizar el conocimiento adquirido en la modificación, transformación y mejoramiento de la calidad y competitividad de los procesos y productos.
    d) El ser se refiere al fomento y desarrollo de los valores humanos, éticos, culturales y sociales los que se logran a través de una educación integral.


Artículo 5. Los criterios señalados en el artículo anterior integrarán en su conjunto la calificación de cada asignatura, cada criterio podrá tener diferentes indicadores, que a su vez cuenten con un valor ponderado acorde a las características propias de cada asignatura.

Artículo 6. Los indicadores y valores ponderados serán propuestos por las Academias respectivas y aprobados por la Jefatura.

Artículo 7. Los indicadores en que se desglosen los criterios pueden ser, evaluados entre otros por: exámenes orales o escritos, participaciones en clase, tareas, desempeño y rendimiento práctico durante las sesiones de laboratorio, desarrollo de proyectos o estudio de casos, capacidad de trabajo en equipo; relaciones interpersonales y actitudes.

Artículo 8. La suma de los valores ponderados de los criterios de evaluación es igual a la unidad.

Artículo 9. El valor ponderado de cada criterio, su desglose en indicadores y el valor ponderado de cada indicador deberán ser dados a conocer a los alumnos por los profesores de las asignaturas correspondientes, al inicio de cada semestre.


- Capítulo Segundo De las Evaluaciones


Artículo 10. La calificación mínima aprobatoria de cada asignatura será de 7 (siete), dentro de una escala de calificaciones del cero (0) a diez (10), registrándose la calificación en números enteros.

Artículo 11. Para determinar el aprovechamiento académico de los alumnos, existirán las evaluaciones parciales, de recuperación y globales.

Artículo 12. Para los efectos del artículo anterior se entenderá por: Evaluación parcial. Aquella que el alumno realiza en el transcurso de un semestre lectivo en cada asignatura. Evaluación de recuperación: Aquella en donde el alumno que no obtiene la calificación mínima aprobatoria en una evaluación parcial, lo posibilita para la obtención de una nueva calificación. Evaluación global. Es aquella que se efectúa cuando el alumno:


    a) Repruebe una asignatura en el semestre lectivo.

    b) Presente asignaturas sin haberlas cursado con el objeto de cubrir en menos tiempo el plan de estudios.

    c) Presente, cuando de manera autodidacta tenga el conocimiento de una determinada asignatura y desee acreditarla.

    d) Presente una (s) asignatura (s) en caso de modificación o liquidación de planes de estudio.

    e) No haya concluido el plan de estudios en el tiempo reglamentario.


Artículo 13. Durante cada semestre se aplicaran tres evaluaciones parciales, cuyo calendario será determinado por la Dirección.

Artículo 14. Para tener derecho a una evaluación parcial de cualquier asignatura, el alumno deberá cubrir al menos el 80% de asistencia de horas clase en el período a evaluar.

Artículo 15. Si un alumno falta injustificadamente a una evaluación, éste, será evaluado con cero (0). De la misma forma serán evaluadas tareas, prácticas y proyectos que no sean entregados en la fecha y hora indicada por los respectivos profesores.

Artículo 16. La calificación definitiva de una asignatura deberá ser el promedio de las tres evaluaciones parciales.

Artículo 17. El proceso de recuperación se llevará a cabo durante la semana siguiente a las evaluaciones parciales. Podrá tener acceso aquel alumno que cumpla con un mínimo de un 60 % de asistencia en cada parcial.

Artículo 18. Los alumnos tendrán derecho a realizar actividades de recuperación en tres asignaturas como máximo en cada una de las evaluaciones parciales, autorizadas por la Jefatura.

Artículo 19. Serán las Academias las que determinen los mecanismos necesarios para apoyar la recuperación de los estudiantes.

Artículo 20. El alumno que no alcance la calificación mínima aprobatoria al final del semestre podrá optar por:

    a) Recursar la asignatura por única vez.

    b) Evaluación global, hasta en dos ocasiones la misma asignatura, y tres asignaturas por período.


Artículo 21. El profesor entregará las actas de calificaciones, en un plazo máximo de tres días hábiles después de la evaluación, entregando una copia a la Jefatura correspondiente: a la Unidad hará la publicación de ellasa finde que los alumnos conozcan el resultado que obtuvieron en sus evaluciones.

Artículo 22. La evaluación de la residencia profesional, se regirá por lo establecido en el Reglamento respectivo.

Artículo 23. La evaluación de las opciones de titulación será regulada conforme al Reglamento de Titulación.

Artículo 24. La evaluación del aprendizaje en los programas de posgrado que ofrece el Tecnológico estará normada por el Reglamento correspondiente.


TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en LA GACETA del Tecnológico de Estudios Suoeriores de ecatepec.SEGUNDO. Se abroga el Reglamento de Exámenes aprobado por la Junta Directiva el 30 de enero de 1992 y las reformas aprobadas el 25 de mayo de 2000.




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